Anexo 1-A de la RMF para 2014

 

 

165/CFF  Información y documentación que deberán presentar los contribuyentes a que se refiere la regla I.1.5. para acreditar que efectivamente recibieron los servicios o adquirieron los bienes que amparan los comprobantes fiscales que les expidieron o que corrigieron su situación fiscal

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y personas morales que se ubiquen en lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 69-B del CFF.

¿Dónde se presenta?

A través de la página de Internet del SAT.

En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita.

¿Qué documentos se obtienen?

Acuse de su promoción.

Escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del SAT el listado de los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del CFF.

Requisitos:

·         Escrito libre en original y copia firmada por el contribuyente o su representante legal.

·         Relación de comprobantes fiscales y respaldo de la documentación e información con la que compruebe la realización de las operaciones que amparan dichos comprobantes.

·         En su caso, copia de la declaración o declaraciones complementarias a través de la que corrigió su situación fiscal.

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 69-B CFF, Regla I.1.5. RMF 2014.